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CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA LAS ACTIVIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN DE SALAMANCA 2012-2016

INFORME 6/2016:

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA LAS ACTIVIDADES DE LA  CONSTRUCCIÓN DE SALAMANCA 2012-2016

Ámbito Temporal. —El presente Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2012, finalizando su vigencia el día 31 de diciembre del año 2016. Este Convenio se entenderá denunciado automáticamente, no siendo preciso que medie documento alguno a tal efecto.

Complemento de seguridad social.—Con independencia de las prestaciones a cargo de la entidad gestora por incapacidad laboral transitoria derivada de enfermedad común y profesional, accidente laboral o no laboral, y sólo para los casos que sea necesaria la hospitalización, las empresas abonarán un complemento que, sumado a las prestaciones reglamentarias, garantice el 100 por 100 del salario base y pluses salariales establecidos en el Convenio provincial respectivo durante la aludida hospitalización y los sesenta días siguientes, siempre que continúe la situación de incapacidad laboral transitoria.

 

Ayuda de estudios. —Las Empresas abonarán a los trabajadores afectados por este Convenio, con hijos cuyas edades estén comprendidas entre los 6 y los 18 años, ambas inclusive, la cantidad anual 35,51 € en concepto de ayuda de estudios, por cada hijo que se encuentre comprendido en las edades señaladas. Estas edades habrán de acreditarse cumplidas durante la vigencia del Convenio. Esta ayuda se abonará antes del día 15 de septiembre.

 

Jornada De Trabajo. —La jornada ordinaria anual durante el período de vigencia del presente Convenio será de 1.738 horas.

La jornada ordinaria semanal será de 40 horas, repartidas de Lunes a Viernes. No obstante, y excepcionalmente, se podrá trabajar fuera de los días anteriormente mencionados cuando existan tareas inaplazables, razones de urgencia o circunstancias de Índole técnica que así lo exijan.

 

Vacaciones.—El personal afectado por el presente Convenio General, sea cual fuere su modalidad de contratación laboral, tendrá derecho al disfrute de un período de vacaciones anuales retribuidas de treinta días naturales de duración, de los cuales veintiún días tendrán que ser laborables, divididos en dos periodos de igual duración que se distribuirán uno a elección del trabajador y otro a elección de la Empresa e, iniciándose, en cualquier caso, su disfrute, en día laborable que no sea viernes. Las vacaciones se disfrutarán por años naturales. El primer año de prestación de servicios en la empresa sólo se tendrá derecho al disfrute de la parte proporcional correspondiente al tiempo realmente trabajado durante dicho año. El derecho a vacaciones no es susceptible de compensación económica. No obstante, el personal que cese durante el transcurso del año, tendrá derecho al abono del salario correspondiente a la parte de vacaciones devengadas y no disfrutadas, como concepto integrante de la liquidación por su baja en la empresa.

COSTO DE LAS CATEGORIAS MÁS COMUNES

(Incremento del 0,90 % s/tablas de 2015)

 

OFICIAL 1ª

 

OFICIAL 2ª

 

 

MES

 

MES

 

SALARIO MES

1066,09

 

1056,17

 

IMPORTE PAGA VERANO

108,73

1304,74

104,92

1259,03

IMPORTE PRAGA NAVI

108,73

1304,74

104,92

1259,03

BASE DE COTIZACION 

 

1521,76

 

1500,41

COSTO SEG.SOC.EMPR

591,96

 

583,66

 

VACACIONES

108,73

1304,74

104,92

1259,03

PLUS TRANSPORTE

103,4

 

103,4

0

HERRAMIENTA

15,18

0

15,18

0

ROPA DE TRABAJO

10,9

0

10,9

0

 

 

 

 

 

TOTAL MES

2113,72

 

2084,07

 

 

 

 

 

 

TOTAL AÑO

25364,64

 

25008,84

 

 

 

 

 

 

NUM.HORAS AÑO

1738

 

1738

 

COSTO HORA TRABAJAD

14,59

 

14,39

 

 

ESPECIALIS

 

PEON

 

 

MES

 

MES

 

SALARIO MES

1038,19

 

1010,29

 

IMPORTE PAGA VERANO

103,65

1243,84

98,88

1186,55

IMPORTE PRAGA NAVI

103,65

1243,84

98,88

1186,55

BASE DE COTIZACION 

 

1463,44

 

1421,23

COSTO SEG.SOC.EMPR

569,28

 

552,86

 

VACACIONES

103,65

1243,84

98,88

1186,55

PLUS TRANSPORTE

103,4

0

103,4

0

HERRAMIENTA

0

0

0

0

ROPA DE TRABAJO

10,9

0

10,9

0

 

 

 

 

 

TOTAL MES

2032,72

 

1974,09

 

 

 

 

 

 

TOTAL AÑO

24392,64

 

23689,08

 

 

 

 

 

 

NUM.HORAS AÑO

1738

 

1738

 

COSTO HORA TRABAJAD

14,03

 

13,63

 

 

 

 

 

 

NOTA,-Estos costos están calculados sobre 31 días de Salario y 22 días efectivos a

efectos de pluses extra salariales.