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FOMENTO A LA CONTRATACION.SUBVENCIONES.

Fomento de la contratación indefinida del primer trabajador por parte de trabajadores por cuenta propia.Año 2016-Junta de Castilla y León.


Fecha de inicio: 2016-05-28
Fecha de fin: 2016-10-31

 

Objeto:

Fomentar la contratación indefinida del primer trabajador por parte de los trabajadores por cuenta propia establecidos en Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?:

·        Personas que en la fecha de inicio de la misma se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y hayan permanecido al menos 3 meses inscritos ininterrumpidamente como desempleados en el Servicio Público de Empleo,

·        No se computan a estos efectos aquellas interrupciones iguales o inferiores a 30 días que sean consecuencia de una colocación.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables las contrataciones, transformaciones y ampliaciones de jornada, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EMP/381/2016, de 4 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de estas subvenciones, cuyo inicio haya tenido lugar entre los días 1 de enero y 15 de octubre de 2016, ambos inclusive.

Cuantía:

·        La cuantía de la subvención por la formalización de la contratación subvencionable será de 2.500 €.

·        La cuantía citada anteriormente se incrementará con los importes que se indican a continuación:

·        a) 500 €, si en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención concurre alguna de las circunstancias especificadas en la orden.

·        b) 500 €, si la trabajadora contratada es una mujer.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, indicando los datos personales completos y claramente expresados, acompañada de los originales o copias compulsadas de la documentación que se relaciona a continuación:

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 28 de mayo de 2016 hasta el 31 de octubre de 2016

Más Detalles:

El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en que se haya iniciado la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada subvencionable:

a) Si la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada se ha iniciado entre el día 1 de enero de 2016 y el día de publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León, ambos inclusive: dos meses computados desde el día siguiente a aquél en que se publique el extracto de esta Resolución.

b) Si la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada se inicia a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León: dos meses computados desde la fecha de inicio de la contratación, transformación o ampliación, con el límite establecido en el párrafo siguiente.

En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre el día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y el 31 de octubre de 2016.