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FOMENTO A LA CONTRATACION.SUBVENCIONES.

Fomento de los contratos en prácticas Junta de Castilla y León.(2016).


Fecha de inicio: 2016-05-28
Fecha de fin: 2016-10-31

 

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Objeto:

Fomentar la contratación en prácticas en la Comunidad de Castilla y León.

Los contratos se llevarán a cabo con personas que en la fecha de inicio de los mismos se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

·        Personas menores de 35 años de edad.

·        Personas de entre 35 y 44 años de edad, ambas inclusive, que sean desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquellas personas cuyo período de inscripción como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo sea, al menos, de 12 meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención. A estos efectos, no se computarán aquellas interrupciones iguales o inferiores a 30 días que sean consecuencia de una colocación.

·        Personas de 45 o más años de edad.

¿Quién lo puede solicitar?:

·        Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que formalicen las contrataciones descritas en estas bases, con personas desempleadas que vayan a prestar sus servicios en centros de trabajo de Castilla y León.

·        Se excluyen como beneficiarios de estas subvenciones las entidades pertenecientes al sector público.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

·        Las empresas solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en la fecha de inicio del hecho subvencionable. 

·        Los contratos deberán concertarse a jornada completa, teniéndose en cuenta la jornada pactada a la fecha de inicio del contrato, que deberá mantenerse durante todo el período mínimo exigido para que la contratación sea subvencionable.

·        El contrato de trabajo se formalizará por escrito y se deberá cumplir con el trámite de comunicación a la oficina pública de empleo. 

¿Para qué es la ayuda?:

Se subvencionarán los contratos en prácticas, una vez transcurrido un período mínimo de 6 meses desde la fecha de inicio de los mismos, cuando dicho periodo mínimo se complete entre el 1 de noviembre de 2015 y el 15 de octubre de 2016.

No serán subvencionables las contrataciones y ampliaciones que se formalicen con los socios de las sociedades mercantiles solicitantes, ni con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración en dichas sociedades.

Tampoco serán subvencionables las contrataciones formalizadas con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive, del empresario individual, de los miembros de la comunidad de bienes, o de los socios de la sociedad civil o mercantil solicitante, o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación en las sociedades mercantiles solicitantes.

No se subvencionarán las contrataciones formalizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial de las previstas en el artículo 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Cuantía:

·        Los contratos en prácticas formalizados a jornada completa se subvencionan con 1.500 euros.

·        La cuantía se podrá incrementar con los importes que se indican a continuación:

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud de subvención que se cumplimentará en el formulario normalizado dirigida al Gerente Provincial del Servicio Público de Empleo de la provincia correspondiente, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

a) Si el periodo mínimo subvencionable de 6 meses se completa entre el 1 de noviembre de 2015 y el 27 de mayo de 2016→ el plazo de presentación será del 28 DE MAYO al 27 de JULIO de 2016.

b) Si el periodo mínimo subvencionable de 6 meses se completa a partir 28 de mayo de 2016 → el plazo de presentación de solicitudes es de 2 MESES desde la fecha en que el contrato cumpla el citado periodo.

No se admitirán en ningún caso más solicitudes que las presentadas entre el 28 de mayo y el día 31 de octubre de 2016.