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INSTITUTO COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL JUNTA CASTILLA Y LEÓN

Subvenciones para proyectos de inversión en Pymes.


Fecha de inicio:

Subvenciones para proyectos de inversión en Pymes.

 

Fecha de publicación:

29 de junio de 2016

Objeto:

Facilitar la financiación de los proyectos empresariales de inversión dentro del ámbito territorial de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, el desarrollo de la competitividad y la consolidación del tejido empresarial, mediante el fomento de la inversión, así como la creación de puestos de trabajo y mantenimiento de empleo vinculados a la misma.

¿Quién lo puede solicitar?:

Pymes, personas físicas y jurídicas con ánimo de lucro que realicen proyectos de inversión subvencionables en Castilla y León

¿Para qué es la ayuda?:

Sectores subvencionables

a) Industrias extractivas y manufactureras que apliquen tecnologías medias y avanzadas, excluido los inputs de la

construcción, en concreto, las actividades de transformación de materiales y productos para la construcción, tales

como (códigos CNAE 2009).

 1621 Fabricación de chapas y tableros de madera.

 1622 Fabricación de suelos de madera ensamblados.

 1623 Fabricación de otras estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción

(se excluyen únicamente la fabricación de marcos, puertas y umbrales).

 2223 Fabricación de productos de plástico para la construcción.

 2331 Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica.

 2332 Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción.

 2351 Fabricación de cemento.

 2352 Fabricación de cal y yeso.

 2361 Fabricación de elementos de hormigón para la construcción.

 2362 Fabricación de elementos de yeso para la construcción.

 2363 Fabricación de hormigón fresco.

 2364 Fabricación de mortero.

 2365 Fabricación de fibrocemento.

 2369 Fabricación de otros productos de hormigón, yeso y cemento.

 2511 Fabricación de estructuras metálicas y sus componentes (la exclusión no afecta a la fabricación de torres y castilletes de hierro o acero).

 2512 Fabricación de carpintería metálica.

 2521 Fabricación de radiadores (excepto los de aluminio) y calderas para calefacción central.

b) Servicios de apoyo industrial, entendiendo por tales los servicios prestados a empresas que favorezcan significativamente los procesos de producción y/o la calidad o innovación del producto o servicio, y en especial los que favorezcan la introducción de las nuevas tecnologías y la prestación de los servicios en los subsectores de la tecnología de la información y telecomunicación y las plataformas logísticas con gran nivel de automatización, e industria de creación de contenidos multimedia, incluidos las que promocionen el castellano.

c) Hoteles de cinco, cuatro y tres estrellas en municipios con una población inferior a 20.000 habitantes

d) Posadas, hotel rural y los albergues turísticos.

e) Actividades de turismo activo en municipios con una población inferior a 20.000 habitantes.

 

Proyectos subvencionables y requisitos del proyecto.

 

Inversiones en activos materiales e inmateriales que consistirán en:

 

a) La creación de un nuevo establecimiento: inversiones que den origen a la iniciación de una actividad empresarial y creen nuevos puestos de trabajo.

 

b) La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente: inversiones que supongan el desarrollo de una actividad ya establecida o la iniciación de otras. En el caso de desarrollar una actividad ya establecida, relacionada o no con la ya desarrollada por la titular, la inversión aprobada deberá implicar un aumento de 15 por ciento de la capacidad productiva medida en unidades vendidas o en el valor de la producción.

c) Proyectos de modernización de inversiones que den lugar a la diversificación de la producción en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento o supongan una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente, siempre que:

 En el caso de diversificación de la producción en el establecimiento existente, los costes subvencionables deberán superar como mínimo el 200 % del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.

 En el caso de una transformación fundamental en el proceso de producción, los costes subvencionables deberán superar la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.

 

d) La adquisición de activos vinculados directamente a un establecimiento, siempre que este establecimiento haya cerrado, o lo hubiera hecho de no haber sido adquirido, y sea adquirido por un inversor no relacionado con el vendedor.

 

Requisitos:

 

a) Presentar la solicitud de ayuda antes de comenzar a trabajar en el proyecto.

b) Inversión entre 100.001 euros y 900.000 euros, excepto en el caso de microempresas que la inversión mínima será de 50.000 euros.

c) Creación de nuevos puestos de trabajo, excepto en los proyectos de modernización.

d) Mantener los puestos de trabajo creados y aquellos que tenía antes de realizar la inversión, durante 3 años después de finalizado el plazo de vigencia.

e) Proyecto viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.

f) Los activos adquiridos nuevos, excepto en el caso de la adquisición de un establecimiento en situación de cierre.

g) La inversión equilibrada.

h) Disponer de un nivel de autofinanciación mínima del 25% sobre los costes subvencionables a través de sus propios recursos o financiación externa exenta de cualquier tipo de ayuda pública.

i) Contar con el nivel de fondos propios que se fije en la resolución de concesión.

 

 

Costes o gastos subvencionables.

Los realizados después de la solicitud y antes del plazo fin de vigencia consistente en terrenos, obra civil, bienes de equipo, los trabajos de planificación e ingeniería, otros activos fijos materiales y activos inmateriales.

Cuantía:

·        Subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje en función de los costes de inversión y los criterios de valoración.

·        La ayuda máxima es el 20% a las medianas empresas y el 30% a las pequeñas empresas, excepto Soria 25% de las medians empresas y el 35% de las pequeñas empresas.

 

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el BOCyL y finalizará el día de la publicación de la convocatoria que lo sustituya o la publicación del cierre de la misma para poder hacer frente a las obligaciones derivadas conforme a las disponibilidades presupuestarias.

Organismo:

Responsable:

·        Consejería de Economía y Hacienda

·        Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial (ADE